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La Generalitat aprueba el decreto de regulación de establecimientos de turismo rural en Cataluña

La nueva ley divide en dos grupos los establecimientos rurales en Cataluña : las casas de payés (o centros de agroturismo) y los alojamientos rurales.
Las primeras deben ser titularidad de un agricultor o profesional que, obteniendo rentas agrarias, ganaderas o forestales permita a sus usuarios conocer las labores y actividades de la explotación.

Por su parte, los alojamientos rurales son establecimientos en los que el titular no está obligado a percibir rentas agrarias, aunque sí debe residir en la misma vivienda o comarca.

Ambos grupos de alojamientos rurales se dividen a su vez en cuatro grupos:

  • Masías
  • Masovería
  • Casa de pueblo compartida
  • Casa de pueblo independiente

Se ha limitado el número de plazas por establecimiento de manera que sólo puedan llegar hasta 15 y un mismo titular no acumule una cantidad mayor de 25 sobre el total de establecimientos rurales.

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