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El Govern aprueba la ley del turismo rural para ofrecer más calidad

Con la nueva ley, estos establecimientos rurales se dividen en dos grandes grupos: las casas rurales de payés o establecimientos de agroturismo y los alojamientos rurales.

Las casas rurales de payés o establecimientos rurales son aquellas cuya persona titular es un agricultor profesional o que obtiene rentas agrarias, ganaderas o forestales de acuerdo con el Departament d’Agricultura, Ramaderia i Pesca (DARP), y donde los usuarios pueden conocer las labores y actividades propias de la explotación rural.

Los alojamientos rurales, son aquellos establecimientos en los cuales el titular no está obligado a obtener rentas agrarias, pero debe residir en la misma comarca o vivienda, dependiendo de la modalidad.

Salvando la diferencia de las rentas agraria tanto las casas rurales de payés como los alojamientos rurales se dividen en cuatro subgrupos: las masías, una vivienda rural fuera del núcleo que comparten el titular y los huéspedes y el alojamiento rural es en régimen de habitaciones; la masoveria, que es una vivienda rural fuera de la población y que se alquila en régimen de vivienda rural; la casa de pueblo compartida, que es una casa en el núcleo y que comparten el titular y los usuarios, y la casa de pueblo independiente, que es aquel establecimiento unifamiliar dentro del núcleo urbano que presta el servicio en régimen de vivienda rural.

Este decreto delimita que los establecimientos rurales deben estar dentro o fuera de núcleos de población de menos de 1.000 habitantes e integrados en edificaciones anteriores al año 1950, respectando a la vez la tipología arquitectónica de la zona.

En cuanto a límite de plazas por establecimiento, el Govern ha aprobado que sean 15, y un mismo titular sólo podrá explotar 25 plazas en todas las modalidades.

El decreto aprobado ayer establece que la autorización de un establecimiento es incompatible con la explotación, en la misma finca de cualquier otro tipo de establecimiento turístico o de restauración.

Pero la ley establece una excepción en los núcleos de menos de 30 habitantes que podrán tener un restaurante de 30 plazas.

El Pirineo es el principal destino en esta modalidad turística y concentra más del 40 por ciento del total de viajeros.

La marca Terres de Lleida recibió en 2005 9.000 viajeros con 27 pernoctaciones y el Aran 3.000 viajeros y 22.000 pernoctaciones.

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